El pasado viernes, se publicó en el BOE una serie de variaciones de la norma técnica aprobada en 2013.
En el servicio de Radioaficionados, se nos concede a título secundario, el uso de la banda de 70 Mhz. entre 70,150-70,200 MHz.
En lo que respecta a CB-27, establece varios puntos de lo que se puede y no se puede hacer. Voy a resumirlo.
[ul]
[li]Equipos solo con los 40 canales y emision con 4 W en AM y FM y 12W para SSB. Todos tienen que ser homologados, y tener el marcado CE.[/li]
[li]En cuanto a las antenas, como máximo 6 dB de ganancia, y no tendrán directividad en el plano horizontal.[/li]
[li]No están permitidos repetidores (basicamente viene a decir, que todas las comunicaciones, se harán teniendo la misma frecuencia de TX y RX. Simplex.[/li]
[li]No están permitido conectar la CB-27 ni a la red telefónica, ni a Internet (vamos, que sistemas como Echolink, no están permitidos)[/li]
[li]En caso de emergencia, hay que dejar libre el canal 9 (lo cual quiere decir, que si no hay emergencia, se puede utilizar éste canal) Y solo se podrá usar para tráficos de emergencia[/li]
[li]Los canales del 1 al 28 podrán ser usados para aplicaciones ICM (vamos, más ruido…) ¿Y si alguien pone un coche teledirigido en el canal 9?[/li]
[li]Están permitidos los modos digitales de forma experimental, sin pasar los 4W en FM y los 12 en SSB[/li]
[/ul]
Quizás éste último punto sea el más novedoso. ¿que os parecen los cambios?